"Esta nueva afrenta a los poderes del Estado no hace más que poner en evidencia que Coto desprecia la vida en Democracia, y supone que el Dios Mercado debe imponer las reglas por encima de todo", señalaron desde Empleados de Comercio.
La conciliación, dictada por el director provincial de Relaciones Laborales de Santa Fe, doctor Mario Gaggioli, disponía “retrotraer la situación laboral y de servicio al estado en que se encontraba a las 24 hs del día 08/08/16, debiendo la empresa reintegrar y dar efectiva dación a los trabajadores.
Mientras, el artículo 3º dice expresamente que “el no acatamiento por cualquiera de las partes, será tipificado como infracción muy grave (art. 40 inc. F – Ley Provincial Nº 10.468), resultando pasibles el o los incumplidores de la aplicación de las sanciones establecidas en los artículos 41 y 42 de la Ley Provincial Nº1 10.468”.
El artículo 41 señala, al respecto, que “las personas de existencia visible o ideal, que de cualquier modo obstruyan la acción de los organismos administrativos del trabajo o de sus funcionarios, negando o suministrando información falsa, no acatando sus resoluciones o disposiciones, infringiendo normas u obligaciones de carácter laboral, serán sancionadas con multas cuyos importes no podrán ser inferiores al equivalente de medio salario mínimo, vital y móvil mensual, ni superior a un salario mínimo, vital y móvil mensual multiplicado por la cantidad de personal que tuviere en relación de dependencia…”