Taborda aclaró que las grandes industrias tienen un "contrato mayorista" y que los mismos se acuerdan en dólares y se realizaron sobre fines del año pasado. "Se está dejando a un amplio espectro sin el cobijo de esta medida de suspensión. La Corte tendría que haber suspendido todo para luego barajar y dar de nuevo", apuntó.
Los hogares, que representan el 26% del consumo total del gas, pagarán sus facturas con el cuadro tarifario anterior a las resoluciones 26 y 31/2016, dictadas en abril. Según los jueces, la única "acción colectiva" son los usuarios residenciales, ya que se trata de un "grupo vulnerable" y con características similares, a los cuales les resulta difícil hacer una demanda por sí mismos y por eso se afecta el acceso a justicia y pueden ser representados en una sentencia colectiva.
Por esta razón, la sentencia de la Corte únicamente tiene efectos respecto de ese colectivo. Consultado sobre el aumento que podrían sufrir los consumidores y clientes al trasladar los costos de las tarifas a la producción, dijo: "No podés seguir aumentando los precios cuando la demanda es baja y hay competencia de importaciones".