Dice luego que “en conclusión, queda claro que las causales de arbitrariedad articuladas en abstracto por la recurrente (supermercado Libertad) no guardan conexión con la realidad del caso, estimada ella a través de una apreciación puramente mínima y provisional, no plena y definitiva. “Lo expuesto –señala finalmente- conduce a denegar (a Libertad SA) la concesión del recurso de inconstitucionalidad deducido”.
Este fallo judicial va en el mismo sentido que muchos otros, donde se privilegian los derechos de los trabajadores por sobre los intereses puramente económicos de los empresarios como Coto, Jumbo, Carrefour y, en este caso, Libertad.