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Ya se puede elegir en que banco tener la cuenta sueldo


La anunciada posibilidad de que los empleados fusionen su cuenta bancaria personal con la cuenta sueldo que le abrió la empresa o elijan directamente a través de que entidad querrán percibir sus haberes quedó habilitada formalmente desde ayer, al publicarse en el Boletín Oficial las circulares del Banco Central (BCRA) que introducen esos cambios.

Las normas facultan además a los empleados a designar a cónyuges, convivientes o familiares directos como cotitulares de esas cuentas aunque para ello, tanto como para abrir o fusionar dicha cuenta con la suya, deberán informar a sus empleadores.

Además, la nueva normativa dispone que, para las cuentas vinculadas a la Seguridad Social (jubilaciones, pensiones y otro tipo de asignaciones) se podrá designar para el cobro de haberes a apoderados o representantes legales de los usuarios.

En el caso de las cuentas sueldo se recuerda que los bancos podrán abrirlas "a solicitud del trabajador, no requiriéndose la intervención del empleador". Además, a partir del 1º de noviembre se podrán abrir y cerrar cuentas bancarias por Internet, a través de homebanking, de manera telefónica, mediante correo electrónico o a través de cajeros automáticos.

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