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Funcionarios deberán entregar al Estado los regalos que reciban y habrá un registro de viajes

Los regalos que reciban los funcionarios de la Administración Pública Nacional, que no sean comestibles, deberán ser registrados y entregados para que el Estado disponga de su uso. Así se establece en el Boletín Oficial de este lunes donde se incluye el decreto 1179/2016 que lleva la firma del presidente, Mauricio Macri.

Lo que se hizo es reglamentado en el artículo 18 de la Ley 25.188 de Ética, en el Ejercicio de la Función Pública que habla sobre el Régimen de Obsequios a Funcionarios Públicos.

A partir de este decreto se crea en el ámbito de la Oficina Anticorrupción (OA ) el registro de los regalos y otro del Registro de Viajes Financiados por Terceros, donde se deberán registrar todos los obsequios que se realicen a funcionarios públicos.

Para ello, el Ministerio de Modernización desarrollará dentro de los 60 días los sistemas informáticos necesarios para la organización y el funcionamiento de los registros creados.

Mientras tanto, en caso de que un funcionario público reciba un obsequio por razones de cortesía o costumbre diplomática deberá comunicar dicha recepción a la máxima autoridad del organismo. Además, la reglamentación especifica que los datos de estos registros se encontrarán disponibles en el sitio web de la OA (www.anticorrupcion.gov.ar) y en el Portal de Datos Abiertos del Ministerio de Modernización (www.datos.gob.ar).

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