“La ley garantiza la posibilidad de poder cubrirse ante posibles riesgos, y resguardar la vivienda familiar”, afirmó el gobernador. “Las casas están sujetas a riesgos, que muchas veces ninguno de nosotros conocemos, hay acciones que pueden ir contra ella, y llegar a la pérdida de la vivienda única”, explicó Lifschitz, y añadió que antes este “trámite tenía complejidad y ahora lo hacemos llegar a todos los vecinos, de forma rápida, sin costos, y sin la intervención de profesionales”.
¿QUÉ IMPLICA PROTEGER LA VIVIENDA?
La afectación es una protección jurídica destinada a resguardar el asiento de la familia frente a las adversidades económicas. Mediante un acto administrativo gratuito, que se realiza en el Registro General de la Propiedad y sus sedes en los nodos de la provincia, se puede acceder a este derecho. “Esto permite que el hogar no pueda ser ejecutado por deudas posteriores a la afectación. Si tienen un embargo o una hipoteca, igualmente se puede proteger la vivienda para futuras deudas, pero las contraídas con anterioridad si pueden atacar el inmueble”, explicaron las autoridades.
¿QUIÉNES PUEDEN SER BENEFICIARIOS?
La/s persona/s propietaria/s afectante/s en su propio beneficio.
Cónyuge, conviviente, ascendientes (padres, abuelos), descendientes (hijos, nietos).
A falta de los anteriores mencionados, pueden designar a sus parientes colaterales hasta el tercer grado con la obligación de que convivan en el inmueble protegido (hermanos, sobrinos, tíos).