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La ONU cuestionó el polémico fallo de la Corte del 2x1

La Oficina para América del Sur del Alto Comisionado instó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación a tener en cuenta "los estándares internacionales de derechos humanos". La Oficina para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Acnudh) instó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación a tener en cuenta "los estándares internacionales de derechos humanos".

Pidió además cumplir "los compromisos asumidos a nivel internacional" al referirse al fallo que declaró aplicable el derogado beneficio del 2 x 1 para un represor.

“La aplicación de la ley más benigna debe ser interpretada a la luz de los estándares internacionales aplicables a los delitos de lesa humanidad”, señaló al respecto el representante del Acnudh para América del Sur, Amerigo Incalcaterra, en un comunicado que divulgó hoy la oficina con sede en Santiago de Chile.

Allí, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sostuvo que "el Estado argentino, y la Corte Suprema como instancia del Estado, deben cumplir no sólo el derecho interno, sino también la normativa internacional aplicable y los compromisos asumidos a nivel internacional”.

En este sentido, Incalcaterra expresó que la Corte Suprema argentina debe considerar la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados en el sentido de "no invocar disposiciones de derecho interno como justificación del incumplimiento de una obligación internacional".

Incalcaterra recordó que la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad, -ratificada por Argentina en 1995 y que goza de jerarquía constitucional-, sumada al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, establecen que "estos delitos son imprescriptibles", a la vez que "instauran el esquema jurídico para su juzgamiento y la reparación de las víctimas".

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