El fallo consideró que esa ley no puede ser aplicada a Von Wernich debido a que durante su vigencia el ex capellán de la Policía Bonaerense no estuvo detenido, según argumentó el juez Juan Pablo Vega.
“La razón principal de ese cómputo especial está directamente asociada con el derecho de todo imputado a no permanecer detenido por un tiempo que no resulte razonable y de ser puesto en libertad si su situación no se resuelve en un lapso determinado”, consignó.
Sin embargo, aclaró que en el caso de Von Wernich “la privación de libertad tuvo lugar mucho tiempo después de derogado el cómputo privilegiado”, por lo que no corresponde aplicarla.