También deberá "elaborar el plan de acción necesario para la implementación de la Estrategia Nacional de Ciberseguridad"; "convocar a otros organismos para que participen en la implementación de medidas en el marco del plan de acción"; e "impulsar el dictado de un marco normativo en materia de Ciberseguridad".
Otra de las funciones de comité será "fijar los lineamientos y criterios para la definición, identificación y protección de las infraestructuras críticas nacionales" y "participar en el desarrollo de acciones inherentes a la Ciberseguridad nacional que se le encomienden".
Entre los considerandos del decreto se afirma que "encarar una adecuada protección en materia de Ciberseguridad es una tarea compleja que resulta necesaria en la actualidad, debido al incremento exponencial y a la diversidad de las amenazas y ataques informáticos, así como el impacto que los mismos puedan ocasionar en las infraestructuras críticas de un país y su población".
Asimismo, "el principal objetivo de una Estrategia Nacional de Ciberseguridad es el desarrollo de las previsiones en materia de protección del ciberespacio, destinado a implementar en forma coherente y estructurada acciones de prevención, detección, respuesta, defensa y recuperación frente a las amenazas cibernéticas, conjuntamente con el desarrollo de un marco normativo acorde".