Para Cussel el juez no debió considerar la medida cautelar del órgano internacional, debido a que “carece de competencia para pronunciarse sobre la misma”, y consideró que “no se encuentra acreditado de ninguna manera el riesgo invocado por la resolución de la CIDH”, en relación a la situación de salud de la dirigente de la Tupac Amaru.
El funcionario judicial esgrimió en su apelación presentada ante la Cámara de Casación provincial que “notoriamente” el juez Mercau distingue que las recomendaciones de la CIDH “no son vinculantes” y que “las únicas resoluciones de carácter obligatorio son los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.
El pasado 28 de julio, la CIDH urgió al Estado argentino a dar cumplimiento a la resolución del grupo de trabajo de la ONU que pide "su liberación inmediata", o la adopción de "medidas alternativas a la detención preventiva, como el arresto domiciliario, o bien, que la diputada del Parlasur Milagro Sala pueda enfrentar los procesos en libertad".