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Desde enero modifican montos para monotributistas


Anunció que "las modificaciones en las escalas y cuotas mensuales del régimen de Monotributo por aplicación de la Ley de Movilidad Jubilatoria se aplicarán a partir de 1° de enero de 2018″, de ahí que las recategorizaciones que se harán hasta el próximo 20 de septiembre, por cambios en la facturación acumulada en los pasados doce meses hasta agosto, podrían regir en muchos casos por apenas un cuatrimestre.



Se trata de los nuevos montos máximos de facturación, alquileres devengados, impuesto integrado y las cotizaciones previsionales fijas correspondientes a cada categoría, surgidos de la actualización anual prevista en la Ley de Monotributo.

Dicha actualización está relacionada con la movilidad jubilatoria de marzo y septiembre de este año, que con 12,96% en el primer caso y 13,32% en el segundo, implicó un acumulado del 28% que ya rige para los jubilados, pensionados y perceptores de la Asignación Universal por Hijo; pero que aún no ha sido reglamentado por la Anses.

De ahí que aclara la AFIP que "los nuevos montos se difundirán a través del portal exclusivo para monotributistas www.monotributo.afip.gob.ar y en la aplicación móvil 'Mi Monotributo', luego de la publicación en el Boletín Oficial de la reglamentación de ese beneficio para los inscriptos en el Régimen Simplificado de Impuestos.

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