Según se desprende del escrito de esa Secretaría, “para el supuesto de no lograrse la autocomposición de los intereses en juego, y no habiendo mayoría suficiente a los efectos de dictar sentencia válida de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 10.160, fíjase audiencia para el día 19 de septiembre de 2017, a las 11 horas, en la Secretaría Técnica, a los fines de integrar el Tribunal con un juez de Cámara en lo Civil, Comercial y Laboral para todas las causas involucradas”.
La decisión del alto tribunal de Justicia es para zanjar la controversia en derredor de la constitucionalidad de la citada norma legal, también conocida popularmente como de Descanso Dominical.