Acudir a una comisaría del lugar en el que se encuentre y, con el DNI, pedir la constancia de no emisión de voto por encontrarse a más de 500 kilómetros de distancia. La Policía debe dar un talonario o una hoja membretada firmada y sellada por la autoridad de la dependencia.
Cuando la persona esté de regreso en su distrito electoral, debe acudir en un plazo no mayor a 60 días corridos a la Secretaría Electoral a finalizar el trámite. Para los habitantes de la Ciudad de Buenos Aires, la dirección es Tucumán 1320 (Tribunales).
El trámite que debe completarse en la Secretaría Electoral correspondiente al domicilio se termina cuando el oficial de Justicia recibe el certificado policial y emite una constancia de justificación de no emisión de voto. Si este último paso no está completo, la persona quedará como infractora. El certificado policial no basta. El trámite no es personal, ya que puede ir un familiar con el DNI de la persona que no votó y el certificado policial en el que conste la distancia del centro de votación.