Dos jueces federales de La Plata y de Mar del Plata consideraron que no había peligro de demora para diferir el tratamiento de las objeciones a la ley aprobada por el Congreso para febrero.
El juez platense Alberto Recondo recordó que la medida "sólo procede cuando media un riesgo cierto de que una providencia judicial se torne ilusoria o de que se frustre por la demora de alguna diligencia importante".
Ante un reclamo presentado por veteranos agrupados en el Centro Ex Combatientes Islas Malvinas (Cecim) planteó que "la presente acción produciría efectos a partir de marzo del corriente año 2018, no se advierte que se verían vulnerados en lo inmediato los derechos de quienes promueven la acción".
Por otro lado, el juez marplatense Santiago Inchausti resolvió que no constaba un requisito formal para que la demanda cuente con habilitación de feria pese a haber sido presentado el 2 de enero pasado. "No constituyendo a juicio del suscripto el planteo efectuado asunto que no admita demora", especificó.