Dice que la tenencia de estupefacientes “no será punible si se tratare de sustancias de escaso poder psicoactivo y la tenencia no hubiere trascendido el ámbito de la privacidad”, según señala el diario Clarín. “Lo que buscamos es establecer un marco legal, a grandes rasgos.
Esto mismo ya lo dijo la Corte Suprema de Justicia en el fallo Arriola, ahora lo decimos en una ley. Es un paso más, que de la jurisprudencia pase a una norma”, explicó el juez de Casación Penal Mariano Borinsky, que preside la comisión a cargo del tema.
Hay que entender que esto se da en un contexto, que es el de aumentar las penas para el narcotráfico”, añade el magistrado. Si bien la norma no especifica a qué droga se refiere con “escaso poder psicoactivo”, se presume que se trataría de la marihuana, ya que es la droga por la que Arriola fue a juicio.
“El espíritu de ese fallo, y mismo lo que buscamos para este código es respetar que el ámbito privado está exento de la autoridad de los magistrados. Esto es un espejo de lo que dice el artículo 19 de la Constitución Nacional”, añade Borinsky.