Roselló fue definido como presidente del Concejo en la sesión preparatoria de principios de diciembre, instancia en la que también fue elegido Roberto Sukerman como vice presidente 1° y Aldo Pedro Poy como vice presidente 2°.
El artículo 33 de la Ley Orgánica de Municipalidad determina que “en caso de vacancia, fallecimiento o ausencia por más de cinco días, el Intendente será suplido por el presidente del Concejo Municipal y en defecto de éste por el vicepresidente primero o vicepresidente segundo, hasta tanto se nombre el reemplazante o cese la causa de la ausencia”.