La cuota de servicio complementario se fija en $ 172 y quedará establecida en cuatro órdenes de consulta, haciéndose efectiva a partir de los haberes que se perciban en el mes de marzo.
El pago de la cuota de este servicio se encuentra a cargo del afiliado titular, cubriendo también con ese importe al grupo familiar primario y debiendo abonar cuotas adicionales por cada beneficiario voluntario a su cargo.
Vale recordar que el Servicio Complementario del Iapos comprende prestaciones como servicio de sepelio, prótesis odontológicas, elementos médicos no implantables y otros beneficios diferenciales por sobre la cobertura general asegurada.