“El decreto ya fue enviado (a la Casa Rosada) y la resolución está lista”, dijo Abad, en un diálogo con periodistas del que participó TN.com.ar. “Para fin de mes, esto va a estar operativo”, anticipó el funcionario.
La reforma tributaria que el Congreso votó a fines de 2017 faculta a la AFIP a cobrar IVA a las plataformas de “servicios digitales”. Según la ley, pagarán el impuesto a las compras los servicios “prestados por un sujeto residente o domiciliado en el exterior cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el país”.
Entre los servicios digitales contemplados que se enumeran en la reforma tributaria, se destaca “el acceso y/o la descarga a imágenes, texto, información, video, música, juegos -incluyendo los juegos de azar-".
Y se aclara: “Este apartado comprende, entre otros servicios, la descarga de películas y otros contenidos audiovisuales a dispositivos conectados a Internet, la descarga en línea de juegos -incluyendo aquellos con múltiples jugadores conectados de forma remota-, la difusión de música, películas, apuestas o cualquier contenido digital -aunque se realice a través de tecnología de streaming, sin necesidad de descarga a un dispositivo de almacenamiento-, la obtención de jingles, tonos de móviles y música, la visualización de noticias en línea, información sobre el tráfico y pronósticos meteorológicos -incluso a través de prestaciones satelitales-, weblogs y estadísticas de sitios web”.
El gran problema de AFIP -y de todos los fiscos del mundo- es cómo cobrarle impuestos a las plataformas domiciliadas en otras partes del mundo que brindan servicios en el país.