"Los contribuyentes que realicen en forma habitual la venta de cosas muebles para consumo final, presten servicios de consumo masivo, realicen obras o efectúen locaciones de cosas muebles, deberán aceptar como medio de pago transferencias bancarias instrumentadas mediante tarjetas de débito, tarjetas de pago no bancarias u otros medios que el Poder Ejecutivo nacional considere equivalentes", dice la norma. El cronograma de aplicación terminó el 31 de marzo.
A partir de este mes, todos los monotributistas que atiendan a consumidores finales, incluidos los de la categoría A, de menor facturación, deben tener equipos para procesar pagos con débito para operaciones mayores a los 10 pesos, sin excepción.