Por lo tanto, el propietario o en su defecto la inmobiliaria deberá entregar al inquilino una factura por el pago del alquiler. El beneficio es tanto para el propietario, ya que estos alquileres están exentos de IVA, como para el inquilino, que puede deducir el monto del alquiler en el Impuesto a las Ganancias.
Desde la AFIP se preparan para comenzar con acciones de control sobre los arrendadores o locadores de un inmueble, en particular para la vivienda, que se resisten a entregar factura al arrendatario o inquilino, para mantener su ingreso por la operación en la marginalidad, y no tributar; y con ello impiden que el pago del alquiler pueda deducirse de Ganancias por parte de trabajadores con ingresos superiores al mínimo no imponible. Se prevé que los controles se harán de modo presencial, y a través del envío de cartas y correos electrónicos.