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Sólo uno de los padres podrá deducir a sus hijos del impuesto a las Ganancias


Según la Resolución 4286 de AFIP, desde este año solo uno de los padres o tutor de un menor podrá aplicar la deducción por hijo en el Impuesto a las Ganancias. La decisión, publicada en el Boletín Oficial, tiene incidencia ya sobre los salarios desde enero de 2018, representa un incremento de la presión tributaria en aquellos casos en que ambos padres de personas deducibles -menores a cargo o personas discapacitadas- estén alcanzados por Ganancias.

Hasta ahora, la AFIP permitía en forma explícita la deducción del 100% por parte de ambos. Entre las modificaciones se estableció que "cuando la carga de familia sea menor de 18 años, la deducción será computada por quien posea la responsabilidad parental, en los términos del Código Civil y Comercial de la Nación".

Cuando ésta sea ejercida por los dos progenitores -y ambos perciban ganancias imponibles-, cada uno podrá computar el 50% del importe de la deducción, o bien uno de ellos el 100 por ciento de dicho importe.

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