Hasta ahora, la AFIP permitía en forma explícita la deducción del 100% por parte de ambos. Entre las modificaciones se estableció que "cuando la carga de familia sea menor de 18 años, la deducción será computada por quien posea la responsabilidad parental, en los términos del Código Civil y Comercial de la Nación".
Cuando ésta sea ejercida por los dos progenitores -y ambos perciban ganancias imponibles-, cada uno podrá computar el 50% del importe de la deducción, o bien uno de ellos el 100 por ciento de dicho importe.