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Votaron la regulación de la venta de cerveza artesanal


El Concejo votó hoy una ordenanza que regula la venta de bebidas fermentadas -cerveza artesanal-, fraccionada, en envases retornables o descartables de hasta cuatro litros, para su consumo fuera de los locales de expendio. Entre otras establece que los comercios deberán contar con un espacio designado para la correcta higiene de los envases retornables y que en cada ocasión de rellenado de los mismos “se deberá rotular el mismo con la información de la bebida envasada”.

Tal rótulo podrá ser autoadhesivo o incorporado mediante una etiqueta colgante. La etiqueta deberá precisar la denominación de venta de la bebida con indicación de la marca o nombre de fantasía del fabricante, declaración del contenido alcohólico en porcentaje, fecha de embotellado y una leyenda que indique: “Conservar en frío. Consumir preferentemente dentro de las 48 horas de embotellado”, al igual que “Beber con moderación” y “Prohibida su venta a menores de 18 años”.

Fija asimismo condiciones respecto al rotulado de los barriles; determina que los comercios deberán poseer la licencia para comercialización de bebidas alcohólicas que establece la ordenanza N° 9.611 e incorpora sanciones en el Código de Faltas para el caso de incumplimiento de la normativa.

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