Por esta razón, le solicitó al juez de Garantías N°2, Ignacio Colombo, que las actuaciones sean giradas al Juzgado Federal de Salta. Para el fiscal, el caso supera con creces la órbita de la Justicia ordinaria, quien en los procedimientos antidroga solamente puede intervenir cuando se trata de secuestros de menor cuantía, en lo que se conoce como "microtráfico".
En el escrito dirigido al juez de Garantías, López Soto expresa lo siguiente: "En virtud de lo dispuesto por los artículos 241 y 242 del Código Penal, la unidad sostiene su incompetencia para continuar interviniendo en la investigación".
Agrega: "Al haberse dado intervención al juzgado en cuestión, corresponde declarar la incompetencia material y que las actuaciones se remitan a la Justicia Federal". La casa donde ocurrieron los hechos. En su presentación el fiscal de la Unifar señala que "de los elementos obrantes en la causa surge que el accionar del imputado (Mario Teruel) encuadra, prima facie, en el delito previsto en el artículo 5, inciso A de la ley 23.737 (cultivo de estupefacientes)".
En esa línea, explicó que al no formar parte de los delitos llamados desfederalizados de la ley 26.052, conforme acordada 11554/2013, la investigación "debe continuar bajo la órbita de la Justicia Federal". Además, detalló que el la casa de Teruel se encontraron "fertilizantes, lámparas con plafón y rociador, sumado a la cantidad de plantas de cannabis sativa halladas".
Y en este marco, precisó que el volumen de lo incautado "excede una cantidad que razonablemente pueda atribuirse al consumo personal". Asimismo, el fiscal remarca que aún restan cumplimentarse otras tareas de investigación y medidas de prueba que deberán ser dirigidas y controladas por la Justicia competente, en este caso la Federal.