Ese beneficio se prolongará aún cuando la relación laboral “se hubiere suspendido” cuando el trabajador “cesado en el trabajo por cualquier causa, reingrese a las órdenes del mismo empleador”.
El caso que más popular es el de las licencias por maternidad extendidas por seis meses sin goce de sueldo. Las trabajadoras que pueden hacer uso de éstas, pierden medio año por hijo y eso repercute en sus vacaciones y en sus haberes.
El cómputo preciso de la antigüedad resulta imprescindible para determinar la extensión de los derechos que de ella se derivan, esto es, la indemnización por despido, vacaciones, licencia por enfermedad o accidente inculpable, entre otros.
El proyecto fue presentado por el senador peronista de La Pampa, Daniel Lovera, quien consideró que en el plazo de suspensión “la relación continúa vigente y el trabajador permanece bajo las órdenes del empleador”.