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Los conceptos que se incluyen en la moratoria son: Ingresos Brutos; Inmobiliario Urbano, Suburbano y mejoras no denunciadas; Inmobiliario Rural; Sellos; Contribución de Mejoras; actividades Hípicas; Patente Única sobre Vehículos; Tasa Retributiva de Servicios; Aportes al Instituto Becario; Embarcaciones Deportivas o de Recreación; y el impuesto especial previsto en el artículo 2 de la ley 13582 que incide sobre los contribuyentes que han adherido al blanqueo de capitales.