Se determina que para ello se adecuarán las instalaciones y los equipos de captación de imágenes mediante los cuales se difunden las sesiones.
Asimismo se autoriza a la presidencia del cuerpo a celebrar convenios de cooperación y colaboración con entidades e instituciones de reconocida trayectoria en materia de formación en LSA y contención de personas con discapacidades auditivas.