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Suspendieron la baja de monotributistas por falta de pago y exceso en el monto facturado

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó la decisión de no aplicar bajas de oficio del monotributo a ningún contribuyente que acumule faltas de pago de sus obligaciones durante julio o exceda el límite máximo de facturación del régimen. Lo hizo a través de la resolución general 4782/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial, que extendió los beneficios vigentes desde marzo para amortiguar los efectos del aislamiento social.

La normativa vigente establece que dan de baja a un contribuyente cuando no paga diez cuotas consecutivas. 

La resolución también suspendió las bajas del régimen de monotributo por una facturación que exceda el máximo establecido por la máxima disponible.



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