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Ya rige la Ley de Paridad en Santa Fe para cargos electivos

 


Ayer se promulgó la Ley de Paridad en Santa Fe, por lo que la normativa obtuvo vigencia definitiva después de una serie de modificaciones aprobadas por las cámaras de Diputados y Senadores. De esta manera, la próxima fórmula a elegir en 2023 para gobernador o gobernadora y vice deberá estar integrada por un hombre y una mujer. 

El Decreto 2052 se dio a conocer a casi un mes del visto bueno al cambio que impulsó Omar Perotti mediante un veto propositivo. Desde la Casa Gris destacaron que esta reforma promueve la igualdad en la constitución y organización de partidos políticos, aunque también en consejos, colegios y asociaciones profesionales. 

La normativa establece el principio de paridad de género en la composición e integración del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, partidos políticos, entes públicos o con participación estatal y asociaciones, consejos y colegios profesionales. 

Se entiende a la representación igualitaria de varones y mujeres en un cincuenta por ciento para cada género en la conformación de listas electorales, y en la composición de estructuras orgánicas o de cargos y ternas o nóminas de designación.

En cuanto al sistema electoral, la norma estipula que las listas de diputados, concejales y representantes comunales deberán estar confeccionadas, mitad por hombres y la otra mitad por mujeres que se intercalarán entre sí. 

Con respecto a la identidad de género, el escrito remarca que se tendrá en cuenta el que esté determinado en el documento nacional de identidad. 

En el caso de existir la necesidad de realizar un reemplazo en los órganos legislativos dentro de la provincia de Santa Fe, la ley de paridad sostiene que el reemplazo deberá ser por una persona del mismo género que aquel que produjo la vacante. Para el poder Ejecutivo, la ley se aplicará entre dentro del gabinete. 

A partir de ahora los ministerios deberán repartirse de forma igualitaria entre hombres y mujeres, lo mismo sucederá dentro de las secretarías de Estado provinciales. La novedad de esta ley es que también se aplicará dentro del Poder Judicial, de esta manera, el nombramiento de Ministros de la Corte, y el Procurador general, deberán cumplir con la paridad de género. Lo mismo que en el Consejo de la Magistratura.


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