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Proyecto del Ejecutivo buscará atenuar desmesurados incrementos de la patente automotor

 


Ayer por la tarde, el Ejecutivo provincial ingresó un proyecto a la Legislatura santafesina con el objetivo limitar el valor de las patentes de los vehículos. 

Al respecto, el ministro de Economía, Walter Agosto, sostuvo que “en el caso de las patente, el 90% de la recaudación -pagadas en tiempo y forma- tiene como destino a los municipios (por coparticipación)”. 

En este sentido, “la Provincia intenta establecer un consenso mínimo con los intendentes -fundamentalmente Santa Fe y Rosario- para ver qué alternativas se pueden establecer para moderar este incremento en las valuaciones”.

Al respecto, el ministro señaló que “la alícuota que grava el impuesto a las patentes no se ha modificado, está fija desde hace cinco o seis años y va entre el 1,8% y el 2,3%. Sin embargo, “se dispararon las valuaciones”. 

“Las valuaciones se toman teniendo en cuenta la tabla de la AFIP, pero si no está disponible se busca otra alternativa. En la Provincia, se toma la tabla de valuación de la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA)”, explicó. 

Principales puntos del proyecto 

Ampliar la masa coparticipable en favor de los Municipios y Comunas respecto a la patente, estableciendo un límite del 40% al incremento de dicho impuesto en el caso de la patente de vehículos a pagar en 2021. 

En relación a la patente única sobre vehículos y el impuesto sobre las embarcaciones deportivas o de recreación, el proyecto busca aumentar la participación de los gobiernos locales en la distribución del producido de los impuestos Patente Única sobre Vehículos y sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación, con el objeto de ampliar el esquema de coparticipación vigente, fortalecer el esquema de financiamiento de municipios y comunas de la provincia y avanzar en un mayor grado de descentralización del tributo. 

A tal efecto, se propone en primer término modificar la masa coparticipable de los tributos señalados, aumentando la participación de los entes locales del 90 al 93% en el caso del impuesto Patente Única sobre Vehículos y del 90 % al 100% en el caso del impuesto sobre las embarcaciones deportivas o de recreación.

La recaudación del impuesto Patente Única sobre Vehículos, en el esquema propuesto, se distribuirá de la siguiente forma: 

▪️El 60% (sesenta por ciento) se acredita automáticamente por el Nuevo Banco Santa Fe S.A. en la cuenta corriente de cada Municipalidad o Comuna en donde se encuentre registrado el vehículo. 

▪️El 30% (treinta por ciento) se acredita automáticamente por el Nuevo Banco Santa Fe S.A. entre todas las Municipalidades y Comunas, conforme a los coeficientes que a tal efecto establezca para cada una de ellas la Contaduría General de la Provincia teniendo en cuenta para su determinación, la emisión correspondiente a cada Distrito. 

▪️EL 7% (siete por ciento) será acreditado automáticamente por el Nuevo Banco Santa Fe S.A. en la cuenta corriente de Rentas Generales de la Provincia. 

▪️EL 2 % (dos por ciento) será acreditado automáticamente por el Nuevo Banco Santa Fe S.A. en partes iguales entre todas las Municipalidades de la Provincia. 

▪️EL 1 % (uno por ciento) será acreditado automáticamente por el Nuevo Banco Santa Fe S.A. en partes iguales entre todas las Comunas de la Provincia.

En el caso de la recaudación del impuesto sobre embarcaciones, el cien por ciento (100%) de lo recaudado se distribuirá a favor de los Municipios y Comunas, en base a iguales criterios y modalidades a los utilizados actualmente. 

Además, se les confiere la administración y cobro del impuesto como así también el contralor para la inscripción de las embarcaciones en el registro que al efecto reglamente la Administración Provincial de Impuestos. 

Por su parte, si bien para el año fiscal 2021 el cálculo del impuesto Patente Única sobre Vehículos se ha efectuado en base a idénticas alícuotas a las aprobadas por la ley 13.226 en el año 2011, la particular dinámica del mercado automotor -caracterizada por un alto grado de dispersión y heterogeneidad en los incrementos de precios- ha generado en algunos modelos, principalmente los más antiguos, mayores variaciones en el impuesto a pagar, por lo que se entiende razonable establecer un límite a éstas distorsiones, de tal manera que en ningún caso pueda superar el 40% respecto del año anterior.


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