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La pérdida de ticket en playas de estacionamiento ya no implicará el cobro de la tarifa plena

 


Durante la se sesión del Concejo Municipal de ayer se aprobó una ordenanza que incorpora como inciso h al artículo 5º de la ordenanza Nº 2.769/81 que indica: “Prohíbase el cobro de una tarifa única relacionada con el extravío del comprobante o ticket de playa de estacionamiento”.

La flamante norma precisa que: “En caso de pérdida del ticket o comprobante de estacionamiento por parte del usuario el responsable del estacionamiento deberá consultar sus registros para determinar de manera certera el tiempo transcurrido desde el comienzo del uso del servicio a los efectos de hacer efectivo el cobro por tal concepto”. 

Se determina que las playas de estacionamiento deberán exhibir en el sector de la caja de cobro un cartel que indique al usuario la prohibición citada, cuya características deberán ser establecidas por el Departamento Ejecutivo.


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