En la causa "Ramón", promovida por una camarista penal, el tribunal declaró inconstitucional el tope equivalente a veinte jubilaciones mínimas que la reforma había incorporado a la Ley 6.915, al considerar que ese límite afecta derechos previsionales adquiridos y desnaturaliza los principios de movilidad e intangibilidad de los haberes.
En la causa "Lisi", en cambio, la Corte no se pronunció sobre la constitucionalidad del aporte solidario que también dispone la ley: consideró que la vía del amparo no es la adecuada para resolver una cuestión de esa complejidad técnica y financiera, y remitió el planteo a la Justicia contencioso administrativa, con un plazo de treinta días para que los demandantes reformulen su reclamo.
Ambas decisiones se resolvieron por mayorías de cuatro votos contra tres, aunque con integraciones distintas: el ministro Roberto Falistocco resultó la bisagra en los dos casos, al acompañar la inconstitucionalidad del tope en un fallo y, en el otro, sumarse al criterio que derivó la discusión sobre el aporte solidario a otro fuero.
Desde la Casa Gris confirmaron que el Gobierno provincial presentará un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para apelar puntualmente el fallo sobre el tope jubilatorio, aunque no recurrirá la decisión referida al aporte solidario.
Por ahora, la resolución sobre el tope alcanza de manera directa solo al caso particular de la amparista, aunque existen otras treinta y cuatro causas similares en trámite en los tribunales provinciales.

