De esta manera, el organismo compuesto por Mateo Busaniche, Beatriz Aranguren y Cintia Gómez, avaló casi en su totalidad la resolución emanada originalmente por el juez federal Leandro Ríos.
Ante esto, la Cámara dispuso "rechazar los planteos de nulidad formulados por las defensas en esta instancia", así como "rechazar los recursos de apelación interpuesto por las defensas de los imputados Nahuel Jonatán Eduardo Celis y Jonathan Jesús Heintz y, en consecuencia, confirmar la resolución que decreta el procesamiento y prisión preventiva por considerarlos coautores penalmente responsables del delito de comercio de estupefacientes, agravado por haber intervenido en el hecho tres o más personas de manera organizada, previsto y reprimido por el art. 5, inc. c) de la ley N° 23.737, con el agravante del art. 11 inc. c) de la misma ley, de conformidad con los argumentos expuestos en los considerandos precedentes (art. 455 y ccdtes. del CPPN)".