Según la iniciativa, que lleva por nomenclatura DPP 154/19, abarca a los senadores nacionales, a los secretarios y prosecretarios de la Cámara y a sus pares de los bloques parlamentarios.
Los sujetos comprendidos en el decreto podrán solicitar “de forma mensual diez pasajes en total, terrestres y/o aéreos, nominados, intransferibles, con vencimientos mensuales, no renovables y no canjeables, para su uso dentro del territorio nacional”. Adicionalmente, los senadores podrán optar por diferentes métodos para manejarse con los tickets.