Ahora que el macrismo está en repliegue, y que probablemente sus funcionarios comiencen un largo peregrinar por Comodoro Py, y antes de dejar el poder, la Justicia cambió de parecer, y casi al unísono con la decisión brasileña que permitió la liberación de Lula, sentó las bases de una normativa más benévola.
La decisión la tomó la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código, creada en el ámbito del Congreso Nacional para controlar que las nuevas normas se vayan incorporando de forma progresiva.
En la Resolución 2/2019 se establece que comenzarán a aplicarse “los artículos 19, 21, 22, 31, 34, 54, 80, 81, 210, 221 y 222″ del texto “a partir del tercer día hábil posterior a la fecha de publicación” en el Boletín Oficial, para “todos los tribunales con competencia en materia penal de todas las jurisdicciones federales del territorio nacional”.
Los medios hegemónicos <con Clarín a la cabeza> titularon que la modificación beneficiaría a los presos K. Pero no sólo. La ley no es retroactiva, salvo cuando beneficia al reo, así sucede en derecho Penal, y este soplido imputativo más leve podría beneficiar también a actuales funcionarios macristas en caso de ser acusados por delitos sobre su administración.
La leyes de la Nación no se hacen en beneficio de unos y perjuicio de otros, no sucede así en un Estado de Derecho. La liviandad con la que esos medios tratan a la cuestión pública, es sólo comparable con sus mismos momentos de claudicación y silencio en momentos que no deberíamos repetir.