A través de la Resolución 17/2020, la interventora en la central de espías estableció que "los medios técnicos y humanos de la AFI se aboquen al estricto cumplimiento de las funciones primordiales de producción de inteligencia nacional y producción de inteligencia criminal referida a los delitos de terrorismo, federales complejos y contra los poderes públicos y el orden constitucional".
Además, dispuso "la reducción al mínimo de los casos posibles el ejercicio de las funciones de investigación criminal" del organismo espía.
La medida fue comunicada a los jueces y fiscales con competencia penal de todas las jurisdicciones, así como a la Corte Suprema y a la Procuración Genera, para que "apliquen de forma restrictiva la facultad de requerir la intervención de la AFI".
De esta manera, se busca que el organismo se dedique a intervenir, cuando la Justicia lo requiera, en causas por terrorismo, narcotráfico, tráfico de armas, trata de personas, ciberdelitos y atentatorios contra el orden económico y financiero así como los delitos contra los poderes públicos y el orden constitucional.