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Por fueros parlamentarios la Procuración recomienda dejar sin efecto sentencia contra Carrió

La Procuración General de la Nación presentó a la Corte Suprema un dictamen en el que recomienda se revoque una sentencia contra la exdiputada Elisa Carrió en el juicio que le inició el administrador general del Máximo Tribunal Héctor Daniel Marchi, por involucrarlo en una falsa denuncia penal.

En diciembre de 2016, en el marco de la ofensiva de Carrió contra el entonces presidente de la Corte Ricardo Lorenzetti, la diputada presentó una denuncia penal contra Marchi acusándolo de “enriquecimiento ilícito” y afirmando que tenía un campo y una casa no reconocidos en su declaración jurada, todo con información turbiamente filtrada desde la AFIP gracias al vínculo de la diputada con el exsubdirector de Operaciones Impositivas de Interior Jaime Mecikovsky. 

La denuncia fue descartada por “inexistencia de delito” y Marchi contraatacó con una denuncia civil por daños y perjuicios, reclamando una indemnización por lesiones al honor, a la dignidad, el decoro, la reputación y a la profesión. 

Ante esto Carrió intentó esconderse detrás de sus fueros legislativos, pero en diciembre de 2018 la Cámara Civil desestimó el argumento de la “inmunidad parlamentaria” por considerar que la líder de la Coalición Civica “exorbitó” sus funciones como diputada “pretendiendo llevar a juicio a un ciudadano” en una causa donde no había delito. 

“Se considera que la imputación de un delito es una cuestión no alcanzada por la inmunidad parlamentaria establecida en el artículo 68 de la Constitución ya que la denuncia penal no es equiparable a una opinión o discurso, más aún cuando dicha imputación no es una derivación de la actuación atinente a la propia función legislativa”, detalló el fallo de hace dos años. 

Sin embargo, pese a todas las resoluciones judiciales adversas, hoy la procuradora ante la Corte Suprema Laura Monti, la segunda del cuestionado procurador interino Eduardo Casal, planteó la necesidad de no avanzar en la ratificación de las sanciones contra Carrió y de “adoptar un criterio amplio cuando se hallan en juego la libertad de expresión y las inmunidades parlamentarias, pues de ese modo no se afectan las facultades de control del Poder Legislativo sobre las restantes instituciones”. 

Monti también sostuvo que las posibles “demasías” de la ex diputada no son “irreprimibles” pero que quienes tienen que juzgarla son sus pares en el ámbito legislativo. 

El argumento en defensa de Carrió concluye señalando: “Cabe recordar que las expresiones vertidas ante diversos medios periodísticos por la diputada Carrió en su carácter de legisladora nacional guardan conexidad con la función de control desempeñada por aquélla en el marco de investigaciones llevadas a cabo sobre la administración de los fondos del Poder Judicial”.


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