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Rechazan apartamiento de la jueza que lleva adelante la causa Correo Argentino

 


La Cámara Nacional en lo Comercial rechazó, por "tardía" la solicitud de Socma Americana S.A., de la familia Macri, para que la jueza Marta Cirulli sea apartada del proceso sobre el concurso preventivo del Correo Argentino, confirmaron hoy fuentes vinculadas al expediente. 

Hace una semana la Sala B de la Cámara desestimó un planteo de SOCMA, que, como accionista de la concursada, pedía que se diera intervención al Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (TSJCBA) en el trámite de recusación de la fiscal Gabriela Boquin, que también le había resultado adverso.

Socma sostuvo que la magistrada de primera instancia había incurrido en prejuzgamiento y, al igual que en caso de la fiscal de cámara, actuaba con "parcialidad" y "evidente animosidad" contra el Correo Argentino. 

La empresa destacó, además, que a mediados de 2017, Cirulli fue objeto de una denuncia penal por parte de Boquin, quien dijo que favorecía el "vaciamiento" de la concursada. Meses atrás, cuando produjo su informe sobre el pedido de que fuera apartada del expediente, Cirulli afirmó no estar comprendida en las causales de recusación que se le endilgaban. 

En esta ocasión Boquin dictaminó a favor de la magistrada de primera instancia y, en coincidencia, la Sala B de la Cámara desestimó el planteo recusatorio sin más trámite "en tanto resulta extemporáneo", dijeron los portavoces. 

"Las normas procesales establecen los plazos en que pueden ser recusados los magistrados y desde esa óptica la recusación intentada se aprecia interpuesta fuera de término, considerando que Socma Americana S.A. se presentó en este proceso universal con fecha 24 de junio de 2019", remarcó el tribunal. 

Las camaristas María Gómez Alonso y Matilde Ballerini recordaron que el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación establece que la recusación "con causa" se debe plantear en "la primera presentación" de la parte en el expediente, mientras que si el motivo es "sobreviniente", el plazo es de cinco días de haber llegado a conocimiento del solicitante.


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