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Ediles presentaron modificaciones a la ordenanza de espectáculos públicos

Expusieron sobre la nueva normativa
La propuesta legislativa fue explicada por los ediles Jorge Boasso, Roy López Molina, Osvaldo Miatello y Diego Giuliano. De esta manera se dio a conocer la resultante de la ronda de reuniones mantenidas con los diferentes sectores interesados en la temática que nos ocupa y que les fueron expuestas a los legisladores locales en diversas reuniones.

En principio los concejales aludidos, a los efectos de simplificar los rubros y alcances de la ordenanza subdividieron la misma en dos claras propuestas: Locales con actividad bailable y locales sin actividad bailable con difusión musical o espectáculos en vivo. 

Los locales con actividad bailable deberán tener luna superficie mínima de 200 m2 de superficie total y, a su vez, serán clasificados de 200 a 600 m2 y más de 600 m2. Por otra parte son incluidos en el rubro a los salones de fiesta, salón de usos múltiples y a los de actividades bailables con asociaciones civiles. 

Horarios y áreas de radicación 

La propuesta de los legisladores locales contempla que los locales con superficie total superior a 60 m2 sólo podrán localizarse en las zonas promovidas por el Ejecutivo local, que son las establecidas en la ordenanza vigente.

Por otra parte, se generan en la norma propuesta incentivos para que los locales bailables , con menos de 600 m2 mencionados se radiquen en áreas promovidas. Se los beneficia extendiendo los plazos de duración de la habilitación, de 5 a 7 años. 

Tendrán un descuento del 25% en el Registro de Derecho e Inspección mientras dure la habilitación y el Ejecutivo debe garantizar la frecuencia y disponibilidad del servicio del transporte público de pasajeros en los horarios de los cierres de locales. Espacios promovidos 

Se determinaron como áreas promovidas en la norma legal los galpones 26 y 27 del ENAPRO -avenida Belgrano y avenida Pellegrini-; pasaje de Barranca vereda oeste de avenida Belgrano, Battle y Ordoñez, Circunvalación, autopista, vereda este de avenida Colombres, Isla de los Bañistas, Avenida Circunvalación y río Paraná, Parque Scalabrini Ortiz al este, por avenida Francia y al sur por calle Brown, el Centro Scalabrini Ortiz, predios fronteros , vereda norte y sur a la avenida Eva Perón, siendo sus puntos de referencia el sector ubicado al noreste del cruce de la avenida Eva Perón y el Arroyo Ludueña, próximo al Golf Club de Rosario. 

Los concejales consensuaron junto a sus respectivos grupos de trabajo una propuesta horaria en la que se unifican la apertura y cierre de locales bailables con el propósito de facilitar las inspecciones.

De esta manera, de domingos a miércoles, el horario será de 22 a 2 de la madrugada; los jueves de 22 a 3 y los viernes , sábados y vísperas de feriados , de 22 a 5. Nuevo Registro de Oposición El mismo se aplicará a todos los locales con actividad bailable y para la habilitación no deberá existir una oposición expresa de 33% o más de los vecinos. 

El registro permanecerá abierto 15 días, en tanto el Ejecutivo deberá proporcionar al vecino más información acerca del local que se pretende abrir. 

Está previsto que se garantice el acceso al Registro de Oposición a través de sistemas virtuales y del sitio de Internet de la Municipalidad de Rosario, a la vez que se propuso la existencia de un destacamento móvil municipal. 

Asimismo, se amplía el radio del registro, que será requerido en presentaciones alternadas, dejándose claro que si se pretende modificar el género o actividad comercial por algún otro se deberá abrir un nuevo registro de oposición. 

Noche segura

Boasso, López Molina, Giuliano y Miatello, trabajaron también para requerir más medidas de seguridad. En este sentido su propuesta contempla contar con un detector de metales, instalar cámaras de seguridad que permitan una íntegra visualización de los ingresos al comercio, aplicar la ordenanza 8.522; contratar seguridad interna privada debidamente identificada y policía adicional, agentes de tránsito o de control urbano en proporción a la capacidad máxima de asistentes autorizados. 

A ello los ediles han sumado una serie de prohibiciones que tiene por objetivo optimizar la seguridad, esto es: barra libre, concursos y competencias que tengan como fin el consumo de bebidas alcohólicas y el suministro de bebidas alcohólicas en vasos, copas o recipientes similares que superen los 350 mililitros de capacidad.

La utilización de espacios “restringidos” no deben responder a criterios discriminatorios como los determinados por motivos de raza, religión, opinión política y gremial, sexo, orientación sexual, condición social o características físicas, entre otros. Está previsto que se garantice la frecuencia del transporte público de pasajeros a la salida de los locales.

Se elaboró la nueva propuesta pensando en garantizar la seguridad de los adolescentes y es por ello que se determinaron dos horarios: Adolescentes de 14 y 15 años inclusive, viernes, sábados y vísperas de feriados ,d e 21 a 1 de la madrugada y los adolescentes de 16 y 17 años inclusive, podrán acceder los viernes, sábados y vísperas de feriados, de 21 a 2 de la madrugada.

Otras prohibiciones 

Los concejales proponen que: No puede hallarse alcohol en las heladeras ni encontrarse exhibido, se prohíbe dar a publicidad marcas de bebidas alcohólicas, de cigarrillos o aquellas vinculadas a productos de contenido sexual. 

En el caso de adolescentes de 16 y 17 años inclusive, se deberá efectuar un control de alcoholemia a asistentes -1 de cada 5 concurrentes-; se deberá contar con la presencia y asistencia de un médico permanente; se deberá instalar una línea telefónica obligatoria para la comunicación de los menores con sus padres y tutores; se deberá llevar a cabo un convenio con una empresa de radio taxi o remises a los fines de garantizar el retorno seguro y por último, el personal de seguridad deberá tener entre sus componentes a mujeres. 

Locales sin actividad bailable 

Las reformas de la ordenanza de espectáculos públicos contempla, en el caso de locales sin actividad bailable, con difusión musical o espectáculos en vivo, la inclusión de un tipo específico: el bar cultural En los mismos, los ediles buscan promover actividades de dicho tenor de una manera más concreta y superadora. 

La norma establecerá, en el marco de lo que puede denominarse características generales: la inexistencia de una pista de baile, el local debe insonorizarse, debe permitir la visualización desde el interior al exterior y viceversa y no se debe cobrar entrada. 

En lo atinente a los horarios de funcionamiento deben ser: Lunes a miércoles y Domingos, de 22 a 2 de la madrugada. Jueves de 22 a 3 y viernes, sábados y vísperas de feriados, de 2 a 4.30. Manifestaciones culturales.

La reglamentación a establecer, si la norma es aprobada, estipula que deben realizarse, en forma permanente y continua manifestaciones culturales de diverso tenor, alcanzando un mínimo de 8 mensuales. Podrán funcionar, de lunes a jueves de 9 a 1 de la madrugada. Viernes a domingos y vísperas de feriados, desde las 9 a las 2. Nuevos requisitos de habilitación 

No podrán obtener la habilitación quienes hayan sido sancionados por incumplimiento de normativas municipales relativas a los locales; a la vez que los que peticionen la habilitación deberán cumplimentar la ordenanza Nº 9204, de anti lavado de dinero. 

El Ejecutivo deberá garantizar la publicación , en su sitio WEB del estado de situación de cada uno de los locales, a la vez que se crea en la norma un protocolo de inspección para garantizar objetividad en los criterios y transparencia, contemplándose la realización de inspecciones diurnas y nocturnas.

Vale hacer notar que la nueva normativa comenzará a regir a medida que se venzan las habilitaciones y los locales existentes deberán adecuarse en un plazo no mayor a 180 días.


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