En el convencimiento de que "la presentación de avales no constituye un mero requisito formal, sino sustancial y esencial", ya que a través de la manifestación consciente de los avalantes se pone de manifiesto que las candidaturas "no tratan de emprendimientos individuales sino que cuentan con un mínimo grado de respaldo colectivo por parte de los afiliados a las fuerzas políticas que conforman la alianza".
Al argumentar sobre el rol de las juntas electorales, se remarcó que es el ente encargado de "velar por resguardar la imagen y el prestigio de los partidos frente a la sociedad. No pueden avalar candidaturas que no solo no cumplen con los avales requeridos por la ley, sino que además son presentadas a partir de maniobras ilícitas y fraudulentas que menoscaban los valores de transparencia".