Según los controles y cruces con los sistemas informáticos, se encontraron 28 trabajadores que no contaban con el “alta temprana” que debe informar el empleador al inicio de la relación laboral, y uno que no se encontraba declarado según las Declaraciones Juradas presentadas oportunamente por el contribuyente.
Estos comercios en donde se detectaron las irregularidades pueden recibir multas previstas por las leyes del Régimen de Seguridad Social. Asimismo, estos contribuyentes podrían ser incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal).