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La magistrada Carmen Lamela, quien tomó la decisión a pedido de la Fiscalía tras interrogar a los dos activistas por segunda vez en calidad de investigados por un delito de sedición, penado con entre ocho y 15 años de cárcel, entendió que en las convocatorias realizadas por ambas entidades no se hizo un llamado a la manifestación pacífica.
El objetivo era la “protección” de los gobernantes catalanes que estaban a cargo de la logística del referéndum ilegal, mediante “movilizaciones ciudadanas masivas”, según la sentencia.
Además, sostuvo que las movilizaciones “se enmarcan dentro de una compleja estrategia” con la que Cuixart y Sánchez “vienen colaborando hace tiempo” en la ejecución “de la hoja de ruta diseñada para llegar a obtener la independencia de Cataluña”.