Es así que de acuerdo al cronograma previsto, deberán prestar servicio los móviles registrados con licencia número par, de 10 a 18 horas. En el caso de las licencias que están bajo el régimen de Derecho de Explotación indefectiblemente deberán prestar el servicio durante las 24 hs, como lo ordena el artículo 4 de la Ordenanza Nº 8099/06.
El cumplimiento del cronograma será fiscalizado a través de inspecciones en la vía pública y desde el CIOR, por medio del sistema de seguimiento satelital (GPS) accediendo en tiempo real a la información de las unidades. Cabe recordar que ante cualquier duda o inconveniente, los usuarios pueden comunicarse a la línea gratuita de Atención al Ciudadano 147.