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La reglamentación de la extensión de la ley se dispuso a través del decreto 667/2019 publicado en el Boletín Oficial, y se implementó horas antes de que el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) difunda el índice de pobreza del primer semestre del año que rondaría alrededor del 35%.
El decreto especificó que “concierne al Estado nacional garantizar en forma permanente y de manera prioritaria el derecho a la alimentación y la seguridad alimentaria y nutricional de la población de la República Argentina”.
En el artículo 4 dispone un aumento de emergencia “como mínimo del cincuenta por ciento (50%) de los créditos presupuestarios vigentes del corriente año correspondientes a políticas públicas nacionales de alimentación y nutrición”.