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El vencimiento de los resúmenes de las tarjetas de crédito operados entre el 20 de marzo y el 12 de abril ya habían sido trasladados al 13 de abril, sin generar intereses resarcitorios, por comunicación del Banco Central.
La entidad dispuso ahora por la Comunicación “A” 6964 la política que deberán adoptar los bancos ante los saldos impagos correspondientes a vencimientos de financiaciones de entidades financieras bajo el régimen de tarjeta de crédito que operen a partir del 13 de abril y hasta el 30 de abril.

