El Concejo pone a disposición de la facultad sus instalaciones para la práctica profesional y está previsto crear una unidad de coordinación integrada por dos representantes de cada una de las partes.
Por la facultad lo harán los titulares del Área Académica y de Aprendizaje y el de la Secretaría de Acreditación y Planificación Académica, mientras que por el Concejo harán lo propio quienes sean designados por la presidencia del cuerpo legislativo.
El acuerdo especifica también las facultades de la Unidad de Coordinación, mientras que el Concejo nombrará a un abogado o a un funcionario que asumirá el rol de instructor, tras lo cual presentará un informe integrador acerca de la actuación de cada practicante. El resto del articulado está conformado por detalles técnicos que hacen a las obligaciones administrativas de las partes.