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El Gobierno publicó la reglamentación de la Ley de Etiquetado Frontal

 


El Gobierno publicó este miércoles en el Boletín Oficial la reglamentación de la ley de etiquetado frontal de alimentos, que advierte a través de octógonos negros excesos en materia de azúcares, sodio, calorías y de grasas saturadas y totales. 

La iniciativa, que busca promover una alimentación saludable, había sido sancionada por la Cámara de Diputados el 27 de octubre. 

La medida exige que todos los productos envasados lleven un esquema de etiquetado en el frente que dé cuenta de la composición de los alimentos en caso que no sean saludables. 

A través del decreto 151, el presidente Alberto Fernández oficializó la reglamentación de la iniciativa y aprobó el marco de especificaciones técnicas para que la medida pueda llevarse adelante. 

En el debate parlamentario, algunos sectores cuestionaron su impronta “estigmatizante”, además de achacarle censuras y prohibiciones. La ley 27.642 apunta contra el exceso de nutrientes críticos en cinco categorías: grasas totales, grasas saturadas, sodio, azúcares y/o calorías. 

Se tomó como referencia el perfil de nutrientes diagramado por la Organización Panamericana de la Salud (OPS) que establece parámetros de consumo y alimentación. 

Según la iniciativa, las bebidas y los alimentos procesados deberán llevar octógonos negros de al menos un 5% del tamaño de la cara principal del envase cuando su composición supere un umbral mínimo en cada uno de estos componentes. Es decir, puede llevar uno o más sellos negros.


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