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Prorrogan el plazo para realizar la repatriación de activos ubicados en el exterior

 


El Gobierno prorrogó el plazo previsto en el impuesto a los Bienes Personales para la repatriación para el período fiscal 2023, hasta el 30 de abril de 2024. La decisión se plasmó mediante el decreto decreto 281, publicado en el Boletín Oficial Este 31 de marzo vencía el plazo para realizar la repatriación de activos ubicados en el exterior establecido en la ley del impuesto sobre los bienes personales. 

Dicha repatriación permitirá acceder a las alícuotas reducidas en la declaración correspondiente al período fiscal 2023. Vale mencionar que las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto sobre los Bienes Personales de las personas humanas vencen a mediados de junio de 2024.

Recordemos que desde el año 2017 la normativa castiga con alícuotas mayores las tenencias de bienes en el exterior. Sin embargo, la repatriación es una alternativa para poder acceder a alícuotas sin incremento para los bienes situados en el exterior. 

A efectos de realizar la repatriación es necesario previamente abrir una cuenta especial en Argentina – “Caja de ahorros repatriación de fondos - Bienes Personales Ley 27.541” en cualquier institución bancaria. 

Una vez abierta la cuenta deberá ingresarse al país a través de un depósito bancario entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año, inclusive: . las tenencias de moneda extranjera en el exterior y . los importes generados como resultado de la realización de los activos financieros ubicados en el exterior, en conjunto y por lo menos, equivalente a un CINCO POR CIENTO (5 %) del total del valor de los bienes situados en el exterior.


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