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El Gobierno declaró como "servicio esencial" del sector aerocomercial

 


El Gobierno publicó este lunes el decreto que reglamenta la declaración de "servicio esencial" al sector aerocomercial. La decisión había sido adelantada la semana pasada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.

La medida reglamenta lo dispuesto en el mega DNU 70/23 publicado en diciembre del año pasado, en el que se habilita la inclusión del sector aerocomercial dentro de la calificación como "esencial" para garantizar una cobertura del servicio e impedir la paralización ante medidas de fuerza.

Con la firma del presidente Javier Milei, el Ejecutivo reglamentó el artículo 2° de la Ley Nº 17.285 que señala que "cumplida la obligación impuesta por el artículo 2º de la Ley Nº 14.786 y vencido el plazo de QUINCE (15) días previsto en el artículo 11 de la referida ley, la parte que se propusiere ejercer medidas de acción directa que involucren a la actividad aeronáutica civil aerocomercial debe preavisarlo a la otra parte y a la Autoridad de Aplicación en forma fehaciente y con al menos CINCO (5) días de anticipación a la fecha en que se realizará la medida". 

Además, indica que "en un plazo de VEINTICUATRO (24) horas de notificada la comunicación referida en el artículo 2° del presente Anexo, las partes deberán ponerse de acuerdo sobre los servicios mínimos que se mantendrán durante el conflicto y las modalidades de su ejecución, señalando concreta y detalladamente la forma en que se ejecutarán las prestaciones, incluyendo la designación del personal involucrado".


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