Un fallo judicial de la Cámara Federal de Mendoza declaró la inconstitucionalidad de la ley de movilidad previsional que se aplicó entre 2021 y principios de este año, por considerar que fue un “fracaso”, dadas las pérdidas de poder adquisitivo que tuvieron en los últimos años los haberes de los jubilados de la Anses.
El mecanismo de reajustes cuestionado es el incluido en la ley 27.609, que se aprobó por impulso del gobierno de Alberto Fernández y Cristina Kirchner.
La sentencia de segunda instancia correspondiente a la causa “Cortés, Leonardo Evaristo c/Anses s/ reajustes varios” ordena, en virtud de esa declaración de inconstitucionalidad, que los haberes del demandante sean recalculados teniendo en cuenta las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informadas por el Indec para cada período (ese es, en rigor, el método de actualizaciones que rige desde abril de este año, a partir de la aprobación del DNU 274).
La resolución de los jueces -que llegará a la Corte Suprema si es apelada- también cuestiona que se hayan hecho perdurar en el tiempo los efectos del ajuste aplicado a las jubilaciones en 2020, cuando no rigió ninguna fórmula y hubo subas decididas discrecionalmente, que quedaron por debajo de la inflación.
Entre enero de 2020 y diciembre de 2023, tal como informó en su momento LA NACION, los haberes jubilatorios perdieron entre 32% y 45% de su capacidad adquisitiva, como resultado de que la inflación fue de 1146,7% y las subas nominales se movieron entre el 590% y el 742,8%, dependiendo de la cuantía del ingreso.
El fallo lleva la firma de los jueces Juan Ignacio Pérez Curci, Manuel Alberto Pizarro y Gustavo Enrique Castiñeira de Dios y se emitió este lunes 4 de noviembre. En las últimas horas, hubo otras varias sentencias similares de la misma Cámara.