Días atrás, la Cámara Nacional del Trabajo confirmó la decisión de la jueza de primera instancia Moira Fullana y declaró la invalidez constitucional de los arts. 2 y 3 del mismo decreto que limitaba los derechos de huelga. Un fallo reciente ordenó reincorporar trabajadores que habían sido despedidos por participar de un paro.
El juez Enrique Alonso Regueira tomó la decisión en base a los cuestionamientos planteados por actores clave del sector que consideraron vulnerados sus derechos constitucionales, dado que la normativa implicaba modificaciones en la ley vigente sobre transporte marítimo y fluvial al establecer nuevos requisitos regulatorios que afectaban a las empresas nacionales del sector.
Entre los puntos más cuestionados, establecía cambios en los esquemas tarifarios, permisos de navegación y en las condiciones laborales de las tripulaciones argentinas.
El fallo judicial hizo lugar a una medida cautelar solicitada por empresas navieras argentinas que afirmaron que el decreto atentaba contra la estabilidad jurídica, económica y operativa del sector.
Aseguraron que su implementación provocaría una situación de desventaja frente a compañías extranjeras, perjudicando en la economía nacional y regional, en particular a la dinámica de los puertos de Rosario y el Cordón Industrial.

